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TÍT. PRELIMINAR
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1) Soberanía reside en pueblo.
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1. España. Estado social y democrático de Dº.
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Valores superiores OJ:
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Libertad
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Justicia
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Igualdad
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Pluralismo político
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2. Soberanía nacional reside en pueblo español, del q emanan poderes Estado.
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3. Forma política Estd. Español: Monarquía Parlamentaria.
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2) Unidad de la nación y dº a autonomía (ÁRT. ÚNICO)
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CE se fundamenta en indisoluble unidad nación Española, patria común e indivisible de todos los españoles.
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Reconoce y garantiza dº autonomía nacionalidades y regiones q la integran y solidaridad entre todas ellas.
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3) Lenguas
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1. Castellano: lengua oficial Estado. Todos españoles tienen deber de conocerla y dº a usarla.
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2. D+ lenguas españolas, serán CO-oficiales en respectivas CCAA según sus EEAA.
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3. Riqueza modalidades lingüísticas España: patrimonio cultural especial respeto y protección.
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4) Banderas
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1. España: 3 franjas horizontales (roja, amarilla, roja), donde amarilla es 2x anchura cada roja.
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2. EA pueden reconocer banderas y enseñas propias CCAA. Se utilizarán junto a la española, en edificios públicos y actos oficiales.
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5) Capital Estado: villa Madrid.
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6) Partidos políticos:
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expresan Pluralismo Político.
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Concurren a formación y manifestación voluntad popular.
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Instrumento fundamental participación política.
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Creación y ejercicio actividad: libres dentro respeto CE y ley.
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Estructura interna y funcionamiento: dbn ser democráticos.
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7) Sindicatos (de trabajadores) y asociaciones empresariales (ART. ÚNICO)
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Contribuyen a defensa y promoción de intereses económicos/sociales propios.
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Creación y ejercicio actividad: libres dentro respeto CE y ley.
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Estructura interna y funcionamiento: dbn ser democráticos.
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8) FFAA
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1. FFAA = ET + Armada + EA.
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Misión: garantizar soberanía e independencia España
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Defender integridad territorial
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Defender ordenamiento constitucional
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2. LO regulará bases orgnzx militar conforme ppios CE.
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9)
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1. (Respeto a ley). Ciudadanos y Podrs Públicos sujetos a CE y resto OJ.
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2. (Libertad e igualdad) Pps promoverán
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conds xa q libertad e igualdad individuo y grupos sean reales y efectivas.
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Remover obstáculos que impidan o dificulten plenitud.
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Facilitar participación todos ciudadanos en vida política, económica, cultural y social.
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3. (Gtías jrdcas). CE garantiza:
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ppio legalidad
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jerarquía normativa
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publicidad normas
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irretroactividad disposiciones sancionadoras* no favorables (SANCIONES) o restrictivas dºs individuales
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responsabilidad
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interdicción arbitrariedad Poderes Públicos.
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TIT. I: De los dºs y deberes fundamentales
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10) Dºs de la persona
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1. Dignidad de la persona
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dºs inviolables que le son inherentes.
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Fundamento orden político y paz social.
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2. Normas relativas a dºs fundamentales y libertades q CE reconoce se interpretarán conforme DU DDHH y tratados y acdos internacionales ratificados x España.
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CAPÍTULO I: De los españoles y extranjeros
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11) Nacionalidad
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1. Nacionalidad española, se adquiere, conserva y pierde conforme la Ley.
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Ningún español de origen puede ser privado de nacionalidad (EXCEPTO SI RENUNCIAS).
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Estado puede concertar tratds 2x nacionalidad con:
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países iberoamericanos
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hayan tenido o tengan particular vinculación con España (Filipinas, ejemplo)
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Aunque dichos países no tengan dº recíproco, españoles pueden naturalizarse sin perder nacionalidad de origen.
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12)
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Españoles. Mayoría de edad: 18
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13) Dºs de extranjeros
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1. Gozarán de libertades públicas q garantiza este Tit en térms que establezcan tratados y la ley.
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2. Sólo españoles tienen los dºs del art. 23, salvo q x reciprocidad pueda establecerse por trat o ley para dº sufragio activo y pasivo en elecciones municipales. (SI VIVES CON NOSOTROS, PUEDES VOTAR CON NOSOTROS).
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3. Extradición. Sólo concedida en cumplimiento tratd o ley, atendiendo ppio reciprocidad. Excluidos:
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delitos políticos
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No se consideran como tales delitos de terrorismo.
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4. Ley establecerá terms en que ciudadanos de otros países (EXTRANJEROS) y apátridas pueden gozar dº asilo en España.
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CAPÍTULO II: Dºs y libertades
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14) Igualdad ante la ley (PROHIBICIÓN DE TODA DISCRIMINACIÓN)
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Españoles iguales ante Ley sin que pueda prevalecer discriminación alguna x:
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nacimiento
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raza
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sexo
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religión
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opinión
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o cq otra condición o circunstancia personal o social.
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SECCIÓN 1ª: De los dºs fundamentales y libertades públicas
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15) Dº vida
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Todos tienen dº vida e integridad física y moral, sin que ENC puedan ser sometidos a TORTURA o tratos inhumanos o degradantes.
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Abolida la pena de muerte, SALVO lo que puedan disponer leyes penales militares en tiempos de guerra.
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16) Libertad ideológica y religiosa
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1. Se garantiza libertad ideológica, religiosa y de culto, de individuos y comunidades sin más limitación que mantenimiento orden público.
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Nadie puede ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.
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Ninguna confesión tendrá carácter estatal (ACONFESIONALIDAD DEL ESTADO). Podrs públicos tendrán en cuenta creencias religiosas sociedad española y relaciones cooperación Iglesia Católica y d+ confesiones.
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17) Dº a libertad personal
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1. Toda persona tiene dº a libertad y seguridad. Nadie puede ser privado de libertad, sino con observancia de este artículo y en casos y forma previstos por Ley.
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2. Detención preventiva no podrá durar + tpo q el estrictamente necesario para averiguaciones tendentes a esclarecimiento de los hechos (INVESTIGACIÓN), y ETC plazo máx 72 h, detenido debe o liberarse o ser puesto a disposición judicial.
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3. Todo detenido debe informarse inmediata y comprensible, dºs y razones de su detención. No puede obligarse a declarar. Se garantiza abogado de oficio en diligencias policiales y judiciales, en términos que ley establezca (legales).
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4. Ley regulará proceso habeas corpus para producir inmediata puesta a disposición judicial de todo detenido ilegalmente. Por ley se determinará plazo máx duración de prisión provisional.
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18) Dº a intimidad. Inviolabilidad del domicilio.
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1. Se garantiza dº a honor, intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
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2. Domicilio inviolable. Ninguna entrada o registro puede hacerse sin consentimiento titular o resolución judicial, salvo flagrante delito.
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3. Se garantiza secreto comunicaciones, en especial postales, telegráficas y telefónicas.
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4. Ley limitará uso informática para garantizar honor e intimidad personal y familiar de los ciudadanos y pleno ejercicio de sus dºs.
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19) Libertad residencia y circulación
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1. Españoles tienen dº a elegir libremente su residencia y circular x territorio nacional.
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2. Y dº a entrar y salir libremente de España en términos que la ley establezca. Este dº no podrá ser limitado por motivos políticos o ideológicos.
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20) Libertad expresión.
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1. Se reconocen y protegen dºs:
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a) Libre expresión y difusión pensamientos, ideas y opiniones mediante palabra, escrito u cqr otro medio reproducción.
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b) Producción y creación literaria, artística, científica y técnica.
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c) libertad cátedra
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d) comunicar o recibir información veraz x cqr medio de difusión. Ley regulará dº a claúsula conciencia y secreto profesional en ejercicio estas libertades.
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2. Ejercicio estos dºs no puede restringirse x ningún tipo censura previa.
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3. Ley regulará organizax y control parlamentario de medios comunicación social ESTATALES y garantizará acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos, respetando pluralismo de la sociedad y diversas lenguas de España.
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4. Libertades tienen su límite:
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en respeto a dºs reconocidos en este título.
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Preceptos de leyes de desarrollo
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especialmente, en dº a honor, intimidad, propia imagen y protección juventud e infancia.
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5. Sólo podrá acordarse secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información x resolución judicial.
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21) Dº de reunión
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1. Reconoce dº reunión pacífica y sin armas. No necesita autorización previa.
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Reuniones en lugares tránsito público y manifestaciones se dará PREVIA comunicación a la autoridad que sólo podrá prohibirlas si existen razones fundadas de alteración orden público con peligro para personas o bienes.
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22) Dº asociación
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1. Se reconoce dº asociación
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2. Asociaciones con fines delictivos o medios como delito son ilegales.
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3. Asociaciones deben inscribirse en un registro a solos efectos de publicidad.
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4. Sólo pueden ser disueltas o suspendidas de actividades por resolución judicial (SENTENCIA) motivada.
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5. Se prohíben asoc. Secretas (masonería no) y paramilitares.
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23) Dº participación
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1. Ciudadanos tnn dº a participar en asuntos públicos (directamente o por representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas x sufragio universal.
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2. Dº a acceder en conds igualdad a f(x)s y cargos públicos con requisitos que señalen las leyes.
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24) Protección judicial de los dºs
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Todas personas dº a tutela judicial efectiva y tribunales en ejercicio dºs e intereses legítimos, sin que ENC pueda producirse indefensión.
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2. Todos tienen dº a
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Juez ordinario predeterminado x Ley,
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defensa y asistencia de letrado
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ser informados de la acusación formulada contra ellos
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proceso público sin dilaciones y con todas gtías
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utilizar medios de prueba para su defensa
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no confesarse culpables
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presunción de inocencia
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Ley regulará casos en que x parentesco o secreto profesional no se estará obligado a declarar sobre hechos presuntamente delictivos.
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25)
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1. (Ppio legalidad penal) Nadie puede ser condenado o sancionado x acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyesen delito, falta o infracción admtva según legislación vigente en ese momento.
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2. (Trabajo renumerado para los reclusos). Penas privativas de libertad (penas de prisión) y medidas de seguridad estarán orientadas hacia reeducación y reinserción social
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No podrán consistir en trabajos forzados.
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[Presos] gozará de los dºs fundamentales de este capítulo. Excp los expresamente limitados por fallo condenatorio, sentido de la pena y ley penitenciaria. Tendrá dº a trabajo renumerado y beneficios correspondientes de la SS, así como el acceso a la cultura y desarrollo integral de la personalidad.
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3. Adm civil no podrá imponer sanciones que impliquen directa o subsidiariamente privación de libertad.
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26)
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Se prohíben Tribunales de honor en ámbito de adm. Civl y organizaxs profesionales.
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27) Dº a la educación. Libertad de enseñanza.
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1. Todos tnn dº a educación. Se reconoce libertad de enseñanza.
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2. Educación tiene x obj pleno desarrollo de la personalidad humana en respeto a ppios democráticos de convivencia y dºs y libertades fundamentales.
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3. Pdrs públicos garantizan dº todos a la educación
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viernes, 7 de julio de 2017
CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA (PARTE DOGMÁTICA)
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